La Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos (LOPD) de 13 de diciembre afecta a todos los empresarios y profesionales, así como a las entidades en general, que en el marco de sus actividades traten con datos de carácter personal registrados en cualquier tipo de soporte fí­sico. Se considera como datos personales cualquier tipo de información de personas físicas.

Estos datos deben declararse a la Agencia de Protección de Datos diferenciándose entre sí por finalidades. Además, se debe hacer una redacción de un documento de seguridad que regulará las medidas de seguridad que se aplicarán al archivo.

Se diferencian tres niveles de seguridad:

  • Básico: Ficheros de datos personales.
  • Medio: Ficheros de datos con riesgos (cualquier información que permita hacer una evaluación de la personalidad.)
  • Alto: Datos especialmente protegidos como la ideología, la religión, las creencias, el origen racial, de salud...

Cada uno de estos niveles supone una serie de medidas de seguridad especí­ficas que se recogerán en un documento.

En caso de que no se cumpliera esta normativa, pueden ser sancionados con multas que van desde los 600€ hasta los 600.000€ según el tipo de infracción.